REPETICIÓN DE ELECCIONES EN EL 9 DE OCTUBRE
El Juzgado de lo Social nº 17 de los de Valencia, en su sentencia nº 179/07 de 15 de junio, ha determinado la obligación de realizar, de nuevo, las elecciones sindicales en el Colegio de Técnicos y Administrativos del Hospital “9 de Octubre” anulando el resultado anterior.
El Juzgado convalida el Laudo Arbitral de 9 de febrero de este año que obligaba a admitir la candidatura del Sindicato Independiente, presentada en tiempo y forma, recurrida por UGT.
Tanto el laudo arbitral como la sentencia del Juzgado reconoce, a efectos de antigüedad electoral, los contratos que el trabajador eventual haya suscrito con la empresa a lo largo del año anterior a la convocatoria, como en su día reconoció la Dirección General del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y el propio Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Dos de los candidatos del Sindicato Independiente, rechazados por la Mesa Electoral, en connivencia con UGT, habrían suscrito ocho y siete contratos encadenados, respectivamente, desde 2003 y 2004, superando, con mucho los seis meses de prestación de servicios que reclama el Estatuto de los Trabajadores, para presentarse a elecciones.
El acto de votación –con inclusión de la candidatura de SI- se celebrará en breve.