REVOCADO EL AUTO DE GENEROS DE PUNTO FERRYS, SA
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en su sentencia nº 413/2008, de 12 de febrero, notificada el 11 de marzo, ha revocado el Auto de 18 de junio de 2007 del Juzgado de lo Mercantil nº Uno de los de Valencia por el que se señalaba la extinción de los contratos de trabajo de los trabajadores de Géneros de Punto Ferrys SA con veinte días de indemnización por año trabajado y una anualidad de tope.
El TSJ ha acogido el recurso presentado, de manera unitaria, por el Sindicato Independiente, UGT y CCOO, admitiendo la indemnización de 30 días por año trabajado y 18 mensualidades de tope.
Dicha indemnización fue pactada en los expedientes anteriores donde figuraba una cláusula de equiparación para el futuro; fue acuerdo suscrito por el Administrador único de la empresa; por los administradores concursales una vez entrada la empresa en Concurso de Acreedores y por la Administración Laboral que aceptó el Pacto en el ERE propuesto.
Tan sólo el Juez de lo Mercantil nº 1, vulnerando el acuerdo suscrito (“pacta sunt servanda”) violó la negociación y contra toda previsión fijó en 20 días la indemnización aduciendo un supuesto fraude.
El TSJ de la Comunidad reestablece el derecho de los trabajadores a cobrar lo mismo que sus otros compañeros que abandonaron la empresa con anterioridad y da un serio correctivo al Juez de lo Mercantil.
Los tres sindicatos han valorado la Sentencia del Tribunal Superior como muy positiva y tuitiva para los derechos de los trabajadores.