NUEVO SISTEMA DE BAJAS MéDICAS
Desde el 1 de diciembre el sistema sanitario español cambia su sistema de bajas laborales. Éstas son algunas de las claves más importantes, con los cambios más significativos.
- Nuevo sistema de clasificación de bajas, establecido según su duración: muy cortas (menos de 5 días naturales), cortas (5-30 días naturales), medias (31-61 días naturales) y largas (más de 61 días naturales).
- A partir de ahora el médico que conceda la baja tendrá que indicar, en ese primer parte, una duración aproximada de la misma. Para ello, se deberá valer de unas tablas en las que se estima la duración estándar de la baja según qué enfermedad es la sufrida.
- Los afectados por una baja muy corta ya no necesitan acudir de nuevo al médico para recibir el alta y obtener el parte. Éste puede expedirla el mismo días que concede la baja. Baja y alta en una misma gestión.
- La primera visita médica para bajas cortas y medias debe realizarse en el día 7 de la misma. Para bajas largas, en el día 14.
- Las bajas de duración superior a 365 días deja de tramitarlas el servicio regional sanitario correspondiente y pasan a gestión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
- Las mutuas solamente podrán conceder altas cuando se trate de accidentes laborales o enfermedades profesionales. Para bajas por enfermedad común, no.
Podéis descargar AQUÍ el reglamento con todos los detalles, publicado en el BOE el pasado mes de junio.
También podéis descargar AQUÍ las tablas que estiman la duración de la baja según qué enfermedad es la padecida.