sindicato independiente en facebook
15 de Junio de 2025
si@sindicatoindependiente.net
Sindicato Independiente de la Comunidad Valenciana
  • INICIO
  • ORGANIZACIÓN
    • Somos diferentes
    • Historia del S.I.
    • Sedes
    • Responsables
  • ACTUALIDAD
  • ÁREAS
    • Elecciones sindicales
    • Formación
    • Administración Pública
    • Sanidad
    • Igualdad
  • MERCADO DE TRABAJO
    • Inscríbete
    • Información práctica
  • NORMATIVA LABORAL
    • Calendario Laboral
    • Salario mínimo
    • Grados de afinidad
    • IPC Histórico
    • Estatuto Trabajadores
    • Libertad Sindical
    • Ley Básica de Empleo
    • Riesgos Laborales
    • Ley de Igualdad
  • AFILIACIÓN
    • Información
    • Descuentos
  • CONTACTO
    • Contacto

ACTUALIDAD

Cursos de Formación
Cursos de Formación
Calendario Laboral
Calendario Laboral
Inicio > Actualidad > Artículos y publicaciones > Detalle artículo
imprimir volver al listado

PONER CASCABEL AL GATO

15/02/2010

El Real Decreto-Ley 1/2010, de 5 de febrero, regula la prestación de servicios de tránsito aéreo estableciendo las obligaciones de los proveedores civiles de dichos servicios y fija determinadas condiciones laborales para los controladores.

La pasada semana el Real Decreto-Ley, dictado, por razones de urgencia, fue convalidado sin rubor alguno.

Los desmanes atribuidos a la "taifa" de los controladores serán punibles a partir de ahora y los desmedidos sueldos de esta categoría profesional sufrirán los recortes acordes con la crisis económica que atravesamos.

El Ministro Blanco ha puesto todo su empeño y lo ha conseguido. Con una sutil campaña de desprestigio basada en las pocas horas que realizan (1.200 al año) y el tremendo sueldo que se llevan (de 350.000 euros de media) ha logrado que la ciudadanía entienda la supresión de sus canonjías.

Blanco dice que desde 1999 vienen cobrando de manera irregular. El PSOE está en el gobierno desde los trenes de Atocha (2004) y seis años después aún consentía el desafuero.

Generalicemos. Existe otro Real Decreto-Ley (el 17/77, de 4 de marzo) sobre relaciones de trabajo, matizado por la sentencia de 8 de abril de 1981, preconstitucional, que aún regula la huelga. La Constitución exige (Art. 28.2) una ley que acote su ejercicio y los derechos de los ciudadanos.

¿Para cuándo?. Por el gobierno han pasado Tirios y Troyanos. Por las Cortes ha habido parlamentarios de todos los gustos.

¿Quién controla a los otros controladores (los sindicatos mayoritarios)?.

¡Ya está bien!.

Fermín Palacios

 

© 2025 Sindicato Independiente. Todos los derechos reservados.
desarrollado por individuart